PAROS
PARCIALES DE 2 HORAS EN ENSEÑANZA NO UNIVERSITARIA
Lunes, 26 de noviembre
de 2012
Martes, 4 de diciembre
de 2012
Miércoles, 13 de
diciembre de 2012
Horas: de 11:45 a 13:45
(horario de mañana)
de 19:00 a 21:00
(horario de tarde)
- ¿TIENEN LOS PAROS COBERTURA LEGAL?
- SÍ. Fueron notificados en tiempo y forma con los diez días de antelación que prevé la normativa.
- A nivel andaluz la convocatoria está hecha por el sindicato CGT.
- A nivel provincial en Cádiz y Granada por acuerdo de sus órganos, la convocatoria está hecha por el sindicato Ustea.
- Adjuntas sendas convocatorias con el sello de la Junta de Andalucía.
- ¿QUIÉNES PUEDEN PARAR?
- Está convocado a participar personal docente funcionario e interino dependiente de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.
- ¿CÓMO SE HACEN LOS PAROS? DISTINTAS SITUACIONES POSIBLES.
- La normativa establece que los paros parciales han de convocarse de una hora a una hora concretas, esto genera que el paro pueda comenzar al inicio de un periodo lectivo, en una hora del horario no lectivo o en mitad de un periodo lectivo.
- Si estamos en mitad de una clase tenemos derecho a parar a la hora exacta en que empieza el paro. En ese caso, nuestro alumnado deberá ser atendido por el equipo directivo, uno de cuyos miembros viene siendo establecido como servicio mínimo en todas las huelgas recientes, a no ser que otro personal sea designado a tal efecto de forma oficial.
- Podemos avisar o no con antelación de que realizaremos el paro, no es obligatorio y será el propio equipo directivo el que tendrá que preguntar si estamos realizando el paro en el momento en el que nos ausentemos del puesto de trabajo.
- En los casos de infantil y primaria, para facilitar la atención a este alumnado, podremos (sólo si queremos y sin ningún tipo de coacción) avisar con antelación para que se prevean medidas adaptadas a nuestro tipo de alumnado.
- ¿CUÁNTO ME DESCUENTAN? ¿QUÉ TRÁMITES PARA GARANTIZAR QUE ME DESCUENTAN LO QUE CORRESPONDE?
- Según la normativa, el descuento por hora es el resultado de dividir tu sueldo por 30 y luego por 7,5. Según el artículo 9.3 apartado c de la Resolución de 6 de octubre de 2005 de la Dirección general de Recursos Humanos sobre jornada laboral (normativa adjunta).
- Para asegurarnos de que nos descuentan lo que corresponde los equipos directivos tienen que rellenar el anexo 4 de notificación adjuntando la convocatoria de huelga de los sindicatos, para que aparezca claramente el número de horas.
- En cualquier caso antes de descontarnos nos darán a firmar un documento en el que conste el número de horas de nuestro horario en el que hemos secundado el paro.
Más
dudas:
Ustea
Cádiz: Teresa Rodríguez 691819254
Ustea
Granada: Ariane Arons 625600320
CGT:
Ascensión
Cano 691408414
No hay comentarios:
Publicar un comentario